4 de Julio de 2015
La Directiva 2010/75/UE sobre emisiones industriales (DEI), introdujo diversas modificaciones a la normativa de control integrado de la contaminación, entre ellas amplió el número de actividades sometidas a autorización ambiental integrada.
Esta modificación del número de actividades sometidas a AAI se incorporó a nuestro ordenamiento mediante la Ley 5/2013, de 11 de junio, que fue desarrollada por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
De forma general las nuevas instalaciones sujetas al régimen de AIA son las siguientes:
- Gasificación o licuefacción de combustibles distintos al carbón utilizados en instalaciones con una potencia térmica nominal total de 20 MW o superior.
- Producción de óxido de magnesio (>50 t/día).
- Fabricación de medicamentos, incluidos los productos intermedios a escala industrial.
- Fabricación de tableros derivados de la madera (300 m3/día).
- Producción de alimentos o piensos procedentes de materia prima animal, vegetal o ambas.
- Gestores de residuos.
- Almacenamiento geológico de CO2.
- Conservación de la madera y sus derivados utilizando productos químicos (>75m3/día).
- EDAR de instalaciones IPPC.
El apartado segundo de la disposición transitoria segunda dispone:
En relación con las instalaciones que lleven a cabo las actividades a que se refiere el anejo 1, en el punto 1.1 para las actividades con una potencia térmica nominal igual a 50 MW, el punto 1.4.b), el punto 3.1.c), los puntos 4.1 a 4.6 para las actividades relativas a producción por procesos biológicos, los puntos 5.1 y 5.2 para las actividades no cubiertas por la Directiva 2008/1/CE, el punto 5.3.c), d) y e), el punto 5.4, los puntos 5.6 y 5.7, el punto 6.3, el punto 9.1.b) para las actividades no cubiertas por la Directiva 2008/1/CE, y los puntos 12.1 y 13.1 que estén en explotación antes del 7 de enero de 2013, los órganos competentes aplicarán las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas adoptadas de conformidad con el presente reglamento, a partir del 7 de julio de 2015, a excepción de los capítulos IV y V y anejos 2 y 3.
El detalle de todas las instalaciones sometidas a AIA puede consultarse en el cuadro comparativo elaborado por Terraqui, entre el anexo I de la Ley 16/2002 desde la modificación operada por la Ley 5/2013 y el anterior anexo I.
Ver cuadro comparativo de instalaciones afectadas.