18 de Mayo de 2018
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, el Real Decreto sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, con el objetivo de reducir el consumo de bolsas de plástico ligeras en España, trasponiendo al ordenamiento español la Directiva comunitaria, y crear un registro para obtener información sobre las bolsas de plástico puestas en el mercado en nuestro país.
Este Real Decreto es un primer paso para liberar nuestra naturaleza de los residuos plásticos y sensibilizar a los consumidores de la importancia de reducir el consumo de bolsas de plástico, contemplando la adopción de distintas medidas en una normativa ambiciosa en sus objetivos que convierte a España en uno de los tres países europeos (junto a Francia e Italia) en que se prohíben las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras (salvo las compostables), y que hace de nuestro país el único de la UE que establece un contenido mínimo de plástico reciclado para las bolsas gruesas (más de 50 micras), una señal clara para incorporar el plástico reciclado, en la línea de los principios de la economía circular.
Isabel García Tejerina ha destacado que `este Real Decreto persigue proteger nuestra naturaleza como uno de los principales objetivos de este Gobierno de tener un medio ambiente libre de plásticos y de residuos´.
La nueva normativa es también realista con los sectores, a los que otorga un plazo suficiente para adaptarse a sus preceptos; eficaz medioambientalmente, al introducir la obligatoriedad de que las bolsas sean compostables de manera acompasada con la futura recogida separada de los biorresiduos; y supone el primer paso de la futura hoja de ruta para los plásticos en España, y que está contemplada en el borrador de la Estrategia Española de Economía Circular.
MEDIDAS CONCRETAS DE REDUCCIÓN DEL CONSUMO DE PLÁSTICOS
En virtud de este Real Decreto, a partir del 1 de julio de 2018 se deben cobrar todas las bolsas. Se exceptúan las bolsas muy ligeras que se suministran como envase primario para alimentos a granel (necesarias para evitar el desperdicio alimentario) y las bolsas gruesas que tengan un porcentaje de plástico reciclado igual o superior al 70%, para fomentar el uso de plástico reciclado.
Además, desde el 1 de enero de 2021 se prohíben las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras. Se exceptúan las bolsas compostables, acompasando así la obligatoriedad de que las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras sean sólo compostables con la plena implantación de la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales. De esta forma, las bolsas compostables, cuyo tratamiento más adecuado es a través de procesos biológicos, se gestionarán conjuntamente con la fracción orgánica presente en los residuos municipales y así se evita que se puedan mezclar con otros flujos de residuos como los de envases de plástico.
Además, y para avanzar hacia una economía circular, desde el 1 de enero de 2020 las bolsas de plástico gruesas deberán contener al menos un 50% de plástico reciclado, para promover el uso de plástico reciclado. Asimismo, se prohíben las bolsas de plástico fragmentable, por su contenido en aditivos que suponen un alto impacto ambiental. Estableciendo esta fecha, se da margen a los comerciantes para liquidar su stock y a los fabricantes para dejar de producirlas.
CAMPAÑAS DE SENSIBILIZACIÓN Y REGISTRO DE PRODUCTORES
El Real Decreto prevé otras medidas, como la realización de campañas de sensibilización, que informen sobre el contenedor en el que deben depositarse los residuos de las bolsas de plástico, compostables y no compostables y sobre los efectos nocivos que supone el abandono de los plásticos en el medio ambiente.
En cuanto al Registro de Productores, estará adscrito al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, y contará con una sección dedicada a los fabricantes e importadores de bolsas de plástico, para cumplir con la obligación de remitir anualmente la información sobre bolsas puestas en el mercado por los fabricantes a la Comisión Europea y saber lo que se pone en el mercado y su evolución, para poder conocer la efectividad de las medidas puestas en marcha y, en su caso, plantear nuevas soluciones.
PRIMER PASO PARA LA HOJA DE RUTA PARA LOS PLÁSTICOS
Este Real Decreto supone el primer paso de la futura hoja de ruta para los plásticos en España, que se presentará próximamente y que está contemplada en el borrador de la Estrategia Española de Economía Circular, que prevé aprobar en verano el Consejo de Ministros (actualmente se estudian las alegaciones recibidas en el proceso de información pública) para avanzar hacia un desarrollo más sostenible.
La Estrategia Europea de Plásticos, aprobada en enero de 2018, indica un camino a seguir al que se sumará España. En este sentido, la Comisión ha anunciado que a finales del mes de mayo va a presentar una propuesta de directiva para reducir el impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, que determinará los próximos desarrollos normativos a poner en marcha por parte de este Ministerio.
Así, la futura hoja de ruta de plásticos en España tendrá por objeto evitar su abandono en el medio ambiente; reducir la generación de residuos de plástico; aumentar la tasa de reciclaje y su reutilización; y fomentar la generación de plástico reciclado de calidad para aumentar su uso en todos los sectores productivos. Todo ello centrado en una serie de aspectos prioritarios como la reducción de productos de plástico de un solo uso, como el menaje y las pajitas, o el adecuado tratamiento de los residuos de toallitas húmedas; la gestión eficaz de los plásticos de uso agrícola una vez utilizados o la restricción de los plásticos fragmentables, o la adición intencionada de microplásticos en productos que acaban en el medio ambiente.
A INFORMACIÓN PÚBLICA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE RESIDUOS
Otro de los grandes retos del Ministerio es el cumplimiento de los objetivos de reciclado para los residuos municipales, conforme a la nueva Directiva de Residuos que aprobará la UE próximamente. Lo mismo sucede con el nuevo objetivo de vertido de residuos municipales a vertedero.
Por ello, y tras abordarlo con las administraciones autonómicas y locales, hoy ha salido a información pública una modificación puntual de la Ley de Residuos, por la que se establece la obligación de recoger en los municipios de más de 5.000 habitantes de forma separada, la fracción orgánica de los residuos municipales antes del 31 de diciembre de 2020. Con esta y próximas propuestas, España aumentará sensiblemente su tasa de reciclado actual y estará en condiciones de alcanzar los objetivos señalados en la inminente legislación europea, mejorando la calidad del resto de fracciones presentes en los residuos municipales.
TONELADAS DE PLÁSTICO EN LOS OCÉANOS Y PASOS DADOS
A nivel mundial terminan en los océanos todos los años de 5 a 13 millones de toneladas de plásticos, entre el 1,5 y el 4% de la producción total (solo en las aguas de la UE entre 150.000 y 500.000 toneladas anualmente), y las bolsas de plástico se encuentran entre los diez artículos de plástico presentes en nuestras basuras marinas. El 89% de las bolsas de plástico sólo se usa una vez durante 12-25 minutos de media y tardan entre 100 y 500 años en descomponerse totalmente.
La sociedad española ha dado pasos hacia la sustitución definitiva de este consumo: en España se consumían 317 bolsas por habitante y año en 2007 y este consumo se ha reducido a 144 en 2014, pero no resulta suficiente y, mediante este Real Decreto, se extienden sus efectos a toda la cadena de consumo incluyendo el comercio minorista, grandes almacenes, distribución por internet y el resto de la cadena de consumo.