10 de Enero de 2017
El Diario Oficial de Extremadura -DOE- publica el decreto por el que se regulan las ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones para la primera instalación de jóvenes agricultores aquellas personas físicas que no hayan sido titulares de una explotación agraria con anterioridad a los doce meses previos a la presentación de la solicitud y se instalen por primera vez en una explotación agraria prioritaria como jefe de la misma o mediante titularidad compartida.
Mediante estas ayudas se pretende rejuvenecer la población activa agraria fomentando el relevo generacional, mejorando la competitividad y dinamizando el sector; fomentar el empleo en el sector agrario; contribuir al mantenimiento de la población en el medio rural; y evitar el abandono de las explotaciones mejorando su dimensión, entre otros fines.
La ayuda consiste en una prima que comprende dos conceptos, una prima básica y unos incrementos. La cuantía de la prima básica se establece en 15.000 euros, que se podrán incrementar hasta un máximo de 70.000 euros, en función de que en el Plan Empresarial que presente el solicitante de la subvención esté prevista la realización de actuaciones y gastos para la puesta en marcha de la explotación, o, entre otras cuestiones, la generación de empleo adicional.
Se cumplimentarán preferentemente a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura (http://www.gobex.es/con03/), aplicación informática `ARADO´, o bien mediante el correspondiente modelo de solicitud conforme al Anexo I del Decreto publicado.
Estas subvenciones se incluyen en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020 y están cofinanciadas en un 75 por ciento por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).